Diario Prensa de Correrias de Caracas


Diario María Eugenia Rivillo, es un Diario prensa mensual.
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lunes, 6 de mayo de 2013

Venezuela Deberia abrir el Banco del ALBA a cuentahabientes de cualquier sectos de la economia del pais.


Para que los latinoamericanos seamos libres, es necesario estatizar la moneda.
Para que  las naciones sudamericanas puedan estabilizar su moneda, aumentar el capital del Banco del ALBA.
Con la finalidad de estimular las conexiones comerciales entre los países conformantes del ALBA, se debe estimular ingreso de cuentahabientes al Banco del ALBA, de cualquier nacionalidad, abriendo agencias comerciales del Banco del ALBA.

Para fomentar la identidad de las naciones cada nación deberá permanecer con sus propias monedas, que son parte de la identidad de cada una de las repúblicas.

El banco comercial del ALBA, debería permitir las tracciones bancarias en las diversas monedas del mundo o países conformantes del ALBA. Los cuentahabientes podrán depositar, retirar dinero, o apertura créditos en cualquier país, donde se encuentre habilitado una sede del Banco del ALBA.
Gracias a la diversidad de monedas que puede poseer el Banco del ALBA, los depósitos nunca deberían tener monto mínimo.
Motivado a la diversidad monetaria y transnacionalitas del Banco del Alba, la apertura para cuentahabientes debería poseer pocos requisitos, de modo tal que los usuarios puedan habitar la apertura de cuentas en diversos países que conforman el Banco del Alba.
El requisito de apertura de cuenta no deberá ser mayor, CI, o pasaporte, dinero en efectivo, con un deposito mínimo, equivalente al pago mínimo que pueda hacer la nación mas pobre, por ejemplo en Venezuela podría ser 200 Bsf, en Colombia 400 000 Pesos y así sucesivamente.
Los nuevos cuentahabientes de la Banca Comercial del ALBA, podrán poseer cualquier oficio o profesión, de modo tal que el ingreso monetario provenga de cualquier clase de actividad. Al promover la flexibilidad del ingreso del Banco del ALBA, el banco solo admitirá inversiones a plazo fino, donde el retiro de dichas cuentas solo deberá ser anual, el Banco del ALBA debería retener un 30% del ingreso anual del dinero, pudiendo este solo ser entregado a los herederos en caso de fallecimiento del principal de la cuenta, solo se le entregara el dinero de la herencia cuando el principal de la cuenta es una persona licita que no esté asociado al contrabando un sistema de distribuciones de sustancias alucinógenas. En caso de que el cuentahabiente sea narcotraficante, el dinero ingresado no será devuelto a ninguna nación, el dinero quedara como fondo del Banco del ALBA, es decir, perteneciente a las Naciones del Banco del ALBA.
Las cuentas podrán ser heredables, las agencias deberán hacer el cambio de nombre del principal de la cuenta.
El retiro máximo de dinero no deberá ser mayor al 70 % del ingreso anual.
El Banco del Alba deberá limitar el monto de cuenta a un monto no mayor a 1000 dólares, o su equivalente en cualquier moneda del mundo.
El Banco del ALBA, como promotor de créditos agrarios y ganadero  deberá exigir como requisito, la contratación de los ingenieros agrónomos, zootecnistas y veterinarios necesarios, para llevar al máximo la producción de la hacienda, granja o hato, con el fin de garantizar, la disminución de precios en el producto primario, es decir, leche, huevos, carnes, vegetales, frutos, u otros productos de la tierra.
Los créditos industriales, deberán tener como aval bienes muebles e inmuebles de la compañía, para que en caso de quiebra, las patentes, edificaciones y maquinarias, pasen a ser del país sede la empresa, que pertenezca a los Países del Banco del ALBA.
En caso de quiebra de empresas, hatos, fincas, u otra empresa de producción de materias prima, el Banco del ALBA y ninguno de sus países tendrán  la obligación de pagar las postraciones sociales u otras deudas. El banco del ALBA podrá activar la compañía en quiebra a la brevedad posible, pudiendo mantener el personal especializado si así lo requiriese.

AUTOR: María Eugenia Rivillo Orellana.





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